Un nuevo revés judicial pone de manifiesto la importancia de la buena conducta cívica en los procesos de nacionalización española. La Audiencia Nacional ha confirmado la denegación de ciudadanía a una colombiana involucrada en presuntos delitos contra la autoridad, estableciendo un precedente sobre los criterios de evaluación en estos casos.
Denegación de nacionalidad por conducta cuestionable
La Audiencia Nacional ha rechazado el recurso de una ciudadana colombiana, Elisenda, contra la decisión del Ministerio de Justicia que le denegó la nacionalidad española. El fallo, emitido el 9 de enero de 2025, mantiene que la solicitante no cumplió con el requisito fundamental de «buena conducta cívica» establecido en el artículo 22 del Código Civil.
El caso se origina a partir de unas diligencias previas (DP 2156/2023) abiertas en el Juzgado de Instrucción número 8 de Alicante, donde se investigaba su presunta participación en delitos de atentado y resistencia a la autoridad durante el proceso de su solicitud de nacionalidad.
Criterios de evaluación y marco legal
La resolución judicial enfatiza que la valoración de la conducta no se limita a la existencia de antecedentes penales. La Administración tiene la facultad de considerar tanto incidentes pasados como actuales, sin necesidad de una sentencia firme para formar su criterio.
A pesar de que Elisenda argumentó cumplir con requisitos como residencia legal y ausencia de condenas, el tribunal sostuvo que la mera imputación en un proceso penal puede ser relevante para evaluar la conducta cívica general.
Implicaciones para futuros solicitantes
Esta sentencia establece un importante precedente al clarificar que la nacionalidad española no es un derecho automático sino un privilegio discrecional. Los solicitantes deben demostrar activamente su comportamiento ejemplar y respeto por las normas de convivencia españolas.
La decisión, que incluye costas procesales limitadas a 1.500 euros, puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo si se justifica un interés casacional objetivo según la normativa vigente.
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